jueves, 6 de noviembre de 2008

HOJA INFORMATIVA Nº 603

PARROQUIA DE L’ALCORA
DEL 9 AL 16 DE NOVIEMBRE DE 2008


CULTOS EN ARAYA

Noviembre: Domingo 9 a las 12h.

CULTOS EN L'ALCORA

· Domingo 9 – XXXII DEL TIEMPO ORDINARIO.
- DEDICACIÓN DE LA BASÍLICA DE LETRÁN -
* A las 13’15h, BAUTIZOS.

· Lunes 10 – San León Magno, papa y doctor.
· Martes 11 – San Martín de Tours, obispo.
· Miércoles 12 – San Josafat, obispo y mártir.
· Viernes 14 – A las 20h en la Parroquia, Misa de Clausura del Año Jubilar de las Hnas. de la Consolación.
· Sábado 15 – A las 19h en la Parroquia, Aniversario de Dolores Mora Mora.

· Domingo 16 – XXXIII DEL TIEMPO ORDINARIO
- DÍA DE LA IGLESIA DIOCESANA-

ADORACIÓN DEL SANTÍSIMO

Miércoles 12 de noviembre desde las 15h hasta la Misa

INTENCIONES DE MISA Y ANIVERSARIOS

Los que deseen celebrar misas en sufragio de sus difuntos o la misa del primer aniversario, pueden pasar por la Oficina Parroquial para anotarlo.

CONVOCATORIAS

- Lunes 10 a las 21’30h, reunión de catequistas de Primero de Confirmación.
- Martes 11 a las 16h, reunión de catequistas de Precomunión.
* A las 16h, reunión de Vida Ascendente.

CAMPAÑA DOMUND 2008

Parroquia...................................................... 1.283,98 €
San Francisco.................................................. 506,25 €
Carmelitas....................................................... 350,30 €
Colegio “Puértolas Pardo”............................. 903,32 €
TOTAL................. 3.043,85 €

LOS ESTIPENDIOS EN LAS MISAS

Quizá uno de los temas que, en la práctica pastoral, causan más inquietud entre los fieles, es el de los estipendios u ofrendas por la celebración de la Misa. Por su propia naturaleza es un asunto delicado, pues se trata de una cuestión que afecta al sacramento de la Eucaristía.
Es una práctica muy antigua en la Iglesia la de ofrecer al sacerdote celebrante una cantidad de dinero, como limosna por la celebración de la Misa. El sacerdote que recibe tal cantidad y acepta el encargo queda obligado en justicia a ofrecer una Misa por la intención del donante. Históricamente ha revestido formas muy diversas; incluso existen fundaciones de Misas, con capitales a veces considerables destinados a sufragar Misas que se deben ofrecer por la intención que indique el fundador, normalmente el bien de su alma o la de su familia (cfr. Código de Derecho Canónico, can. 1303, § 1, 2º).
El fundamento de esta práctica es enteramente sacramental: los fieles que ofrecen un don por la Misa que se celebra se asocian más íntimamente a Cristo que se ofrece a Sí mismo en la Hostia Santa. Además, está el sentido que tiene de limosna, práctica enseñada por el mismo Jesús. No sólo eso, sino que mediante los estipendios, los fieles ayudan al sostenimiento de la Iglesia y sus ministros. Por lo demás, el sacerdote que acepta el encargo se obliga no sólo a celebrar una Misa, sino a ofrecerla por una intención determinada, incluidas las almas de los difuntos.
Según la normativa vigente, el sacerdote que acepta el estipendio por la celebración de una Misa por una intención particular, está obligado en justicia a satisfacer personalmente la obligación asumida, aunque puede encomendársela a otro. Además, se debe celebrar una Misa por cada intención. Viene a salir al paso del uso de acumular intenciones en una Misa, en las llamadas Misas colectivas. Tales Misas colectivas sólo se pueden celebrar si lo consienten los fieles que las encargan, y si es práctica en el lugar donde se celebran.
El sacerdote debe tener en cuenta también la tarea de formación de los fieles en el profundo sentido sobrenatural de esta práctica: el alto significado teológico del estipendio dado al sacerdote para la celebración del sacrificio eucarístico; la importancia ascética de la limosna en la vida cristiana, enseñada por Jesús mismo; y el sentido de ayudar al sostenimiento de los ministros sagrados y a la realización de las actividades apostólicas de la Iglesia.
La cantidad que se pide por la celebración de la Misa es la que esté en vigor en la Diócesis, por acuerdo de los obispos de la Provincia Eclesiástica.
Si se diera el caso de que en una parroquia hay más intenciones que misas se celebran, (que no es el caso de nuestra parroquia) los estipendios se envían a otros sacerdotes para que celebren las misas. Algunas veces se envían estipendios a los sacerdotes de zonas rurales de la misma diócesis; otras veces a sacerdotes de países de misión. Muchas veces suponen una ayuda importante para estos sacerdotes.